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jueves, 5 de julio de 2018

EL 15 DE JULIO VENCE EL PLAZO PARA QUE LAS EMPRESAS PAGUEN LAS GRATIFICACIONES A SUS TRABAJADORES POR FIESTAS PATRIAS


Este 15 de julio vence el plazo para que los empleadores cumplan con el pago de la gratificación por Fiestas Patrias en favor de sus trabajadores, y aunque este año el 15 de julio cae domingo, dicho plazo es impostergable, indicó el viceministro de Trabajo, Ítalo Mórtola. “Esto debido a que el artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones (Ley 27735) y el artículo 4 de su Reglamento (Decreto Supremo 005-2002-TR) disponen que el pago debe realizarse en la primera quincena del mes de julio y que dicho plazo es impostergable para las partes, estableciendo un plazo máximo de depósito. Entonces, como este año el 15 de julio cae domingo, el pago debe realizarse dentro del plazo; es decir, si se realiza el lunes 16, dicho pago estaría fuera de fecha”, explicó. También detalló que si el trabajador ha laborado el semestre completo (enero-junio), la gratificación equivale a un sueldo, pero si el trabajador acumula un tiempo de servicios menor tendrá derecho a un pago proporcional a los meses completos laborados.