La cantidad de entradas puestas a la
venta a eventos de concurrencia masiva, a través de plataformas digitales, no
podrá ser mayor, bajo ningún concepto, al aforo permitido en el lugar en donde
se desarrolla la actividad y su incumplimiento acarreará sanciones previstas en
el reglamento. Así lo dispone el dictamen aprobado,
en forma unánime, en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos
Reguladores de los Servicios Públicos, que preside el congresista Elías Varas
Meléndez (PB), desde Trujillo, donde celebró la vigésima sesión
descentralizada.